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«La sociedad debe dar respuesta a la escasez tanto de profesionales cualificados en determinadas áreas, como de empleos en otros sectores.»

#CalmarEdu nº97. Las formación vocacional y académica tienden a confundirse en la sociedad del aprendizaje.

La educación y el resto de los rasgos de cada sociedad, en particular su potencial económico, guardan estrecha relación. Nos recuerda José Antonio Marina, en su artículo sobre Sociedad del Aprendizaje que “nos encontramos inmersos en un cambio acelerado, lo que exige aprender continuamente, velozmente, a lo largo de toda la vida”.  

En las sociedades preindustriales la formación necesaria para el ejercicio de las actividades ligadas al sector primario se transmitían fácilmente de padres a hijos y solo accedían a la educación como medio para formarse profesionalmente en Jurisprudencia, Medicina, Teología, etc. Los hijos de familias adineradas que no heredaban tierras. En cuanto a las manufacturas artesanales, eran los gremios quienes a través de los patronos instruían a los aprendices en lo necesario para el oficio, que podía incluir saber leer y escribir y los números.

La industrialización supone un gran cambio, al requerir personal cualificado y no solo fuerza bruta. Las sociedades modernas, además, se preocupan por el acceso a la educación de la población no sólo por motivos prácticos sino también humanísticos, y se empieza a tener una idea dual (académica y profesional) de los conocimientos y enseñanzas que se han de transmitir. Ya antes se había escrito que “(…) Si por casualidad se aumenta la República, se podrá decir que crece en hombres, pero no en fuerzas. Ningún Estado, pues, será jamás ni sabio, ni rico, ni poderoso sin la educación”.  Sucesivas normas educativas, instauran los primeros planes de estudios que van enfocados hacia la adquisición de destrezas que se consideran necesarias para la realización de estudios superiores, dejando de lado la formación profesional o vocacional, que sigue estando en manos de los gremios, sindicatos, y algunas administraciones locales u órdenes religiosas en áreas de incipiente industrialización. Más tarde el Estado va asumiendo la regulación y la integración de las enseñanzas profesionales.  

A partir de este momento las diferentes normas reguladoras de las enseñanzas oficiales muestran su preocupación por la integración en el sistema educativo de enseñanza vocacional y académica, si bien la forma que que se implementa la imbricación es variable.  Vemos un alto grado de integración en la Ley de Educación Primaria de 1945 y en la Ley de Bases de Enseñanza Media y Profesional de 1949.

A partir de la la Ley sobre Ordenación de la  Enseñanza Media de 1953 se regula un Bachillerato Elemental  (de los 10 a los 14 años), otro Bachillerato Superior (de los 14 a los 16 años), y admite pluralidad de planes. Así, se dicta el Decreto de 6 de julio de 1956 por el que se crea el Bachillerato Laboral Superior.

La Ley General de Educación de 1970 establece dos vías diferenciadas para enseñanzas académicas y profesionales o vocacionales, Cabe señalar, que en la práctica tal separación entre enseñanzas no es total si tenemos en cuenta que en los estudios profesionales se siguen incluyendo materias o asignaturas de contenido académico o humanístico.

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre,de Ordenación General del Sistema Educativo de 1990 (LOGSE), reforma profundamente los planes de estudio, introduce una formación profesional de base en el seno de la Educación Secundaria Obligatoria y ya supone un intento de adaptación a las nuevas circunstancias. Podemos leer en su preámbulo: “La vertiginosa rapidez de los cambios cultural, tecnológico y productivo nos sitúa ante un horizonte de frecuentes readaptaciones, actualizaciones y nuevas cualificaciones. La educación y la formación adquirirá una dimensión más completa de la que han tenido tradicionalmente, trascenderán el período vital al que hasta ahora han estado circunscritas se extenderán a sectores con experiencia activa previa, se alternarán con la actividad laboral. La educación será permanente y así lo proclama la ley al determinar que ése será el principio básico del sistema educativo.”. Esta es la clave de la respuesta que a partir de ahora se debe dar desde el sistema educativo al nuevo entorno. Si bien los estados deben intentar planificar y dar respuesta a las necesidades de la sociedad, los cambios son tan rápidos que esta respuesta ya no sólo ha de consistir en transmitir conocimientos académicos o profesionales sino que pasa, entre otras cosas, por enseñar a aprender, toda vez que la formación necesaria no solo va a ser inicial sino continua y a lo largo de la vida del individuo. En esta idea se insiste en la Ley Orgánica 3 de 2006, de Educación (LOE): “En primer lugar, se debe concebir la formación como un proceso permanente, que se desarrolla durante toda la vida”[…] “Fomentar el aprendizaje a lo largo de toda la vida implica, ante todo, proporcionar a los jóvenes una educación completa, que abarque los conocimientos y las competencias básicas que resultan necesarias en la sociedad actual”. Aparece por primera vez este concepto de competencias básicas en una norma educativa, que indica la necesaria fusión del saber con el saber hacer.

Ante la situación provocada por la reciente crisis económica y por los rápidos e importantes cambios derivados de la globalización y las nuevas tecnologías, fundamentalmente, y los cambios que todo ello en los procesos productivos y las relaciones laborales, la sociedad debe dar respuesta a la escasez tanto de profesionales cualificados en determinadas áreas, como de empleos en otros sectores.

En junio de 2010 el Consejo de Europa adopta Europa 2020: Una estrategia para el crecimiento inteligente pretende que Europa salga fortalecida de la crisis y convierta a la Unión Europea en una economía inteligente, sostenible e integradora, que disfrute de altos niveles de empleo, de productividad y de cohesión social”.  Para ello se insiste en hacer realidad el aprendizaje permanente y la movilidad, promover la ciudadanía activa, e incrementar la creatividad y la innovación, incluido el espíritu emprendedor o empresarial en todos los niveles de la educación y la formación. Afortunadamente, las nuevas tecnologías, a la par que motor de cambio que obliga a la adaptación también son fuente de oportunidades para poder llevarla a cabo (plataformas educativas online, dispositivos móviles, etc.).

Estas son las claves y los retos: independientemente del nivel o de la modalidad de educación o formación, el principio que debe guiar nuestra labor docente es el de formar en estas competencias que han de ser transversales y vertebradoras.

Notas al pie:

  1. Picornell y Gomila, Juan Bautista (1786). «Discurso teórico práctico sobre la educación de la infancia»
  2. La Ley de Bases de  17/08/1857, que se desarrollará a través de la Ley Moyano
  3. Ley de Aprendizaje Industrial de 17 de julio de 1911 regula el contrato de aprendizaje en el entorno laboral. En el Estatuto de Enseñanza Industrial de 1924 se establecen las bases para la separación entre la enseñanza general y la profesional. El Estatuto de Formación Profesional de 1928 regula las enseñanzas y los centros.
  4. Dice el artículo 40.1 “La formación profesional  tendrá por finalidad específica la capacitación de los alumnos para el ejercicio de la profesión elegida, además de continuar su formación integral. Deberá guardar en su organización y rendimiento estrecha relación con la estructura y previsiones de empleo”

Algunas referencias:

Apuntes para una historia de la Formación Profesional en España”, S. Fernández de Pedro y J.A.  González de la Fuente, Revista de Educación, 1975

La evolución de la formación profesional en España, ANIE, 2014

Rodrigo Abad Muñoz. Profesor de Economía en  Enseñanza Secundaria.

Aquí puedes leer las 101 propuestas y otros artículos como este. Este artículo forma parte de la reflexión conjunta del proceso Calmar la Educación. Seguiremos publicando otras opiniones de personas relevantes del mundo educativo. Queremos generar un espacio de debate plural y abierto a todas las personas interesadas en la transformación educativa.
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