CARGANDO

Buscar...

AEA Voz Educación Abierta

Autonomía de los centros educativos y profesorado.

Con la revolución francesa de 1789 se puso fin a un sistema escolar bajo la responsabilidad del clero y fuertemente descentralizado. Los revolucionarios insistieron en la construcción de una nueva sociedad en cuya base se encontrara la educación. Así se dio soporte constitucional a una enseñanza pública, común a todos los ciudadanos, gratuita en lo relativo a la enseñanza indispensable para todos los hombres. Nuestro sistema administrativo, es un fiel reflejo del sistema centralista surgido de la revolución francesa.

Es conocida la anécdota del Primer Ministro francés que preguntó la hora, y al saberla dijo: “si son las 11 de la mañana, en este momento, en todos los liceos franceses se está estudiando Latín”. La anécdota es un reflejo no solo del centralismo, sino también de una regulación común, con normas uniformes para todos. En España, desde la nueva configuración del Estado, surgida de la Constitución de 1978 y de las corrientes de la OCDE, se está derivando a un nuevo modelo de gestión en el que se da progresiva autonomía a los centros con un doble fin: mejorar los resultados y aumentar la calidad del servicio educativo que se presta. Naturalmente, en el otro platillo de la balanza, se sitúa la rendición de cuentas.

La autonomía pedagógica arranca tímidamente con la LGE de 1970, aunque el concepto actual de autonomía se incorpora a nuestro ordenamiento jurídico en 1985 con la LODE; si bien es en la ley educativa actual LOE donde se establece la autonomía como uno de sus principios inspiradores, dedicándole el título V con el nombre de Autonomía, Participación y Gobierno de los Centros.

Si comparamos la importancia que a la Autonomía se le da en la LODE (1985) y la actual LOE-LOMCE (2003-2006), es notable el cambio que el legislador hace derivar al sistema educativo. Si en un principio la base de funcionamiento era la ‘participación’, al pensar que abriendo el sistema y los centros a la participación de todos los sectores implicados en la educación, entre todos se buscarían soluciones y se impulsarían las adecuadas para cada momento y situación. Después de 20 años, y gracias a la flexibilidad del sistema educativo, las dos últimas leyes educativas (y con el mérito añadido de ser aprobadas por partidos políticos diferentes), inclinan el fiel sobre la gestión de los centros, donde aunque la participación de los distintos sectores se sigue manteniendo, sin embargo, pasa a un segundo lugar pues se potencia la función directiva, que se constituye en el punto básico y central de la reforma organizativa del sistema educativo concretada en la autonomía de los centros.

La autonomía se ha convertido en un instrumento para alcanzar fines educativos. Al ser los centros las unidades donde se concretan y desarrollan los retos educativos, será sobre ellos donde habrá que poner la mayor atención para analizar su organización, su gestión, y la influencia en su organización y sobre todo en sus resultados de las disposiciones ministeriales o autonómicas.

Un pseudo contrato donde se permite por un lado, a los centros mayor responsabilidad, consecuencia del aumento de libertad de decisión y del aumento de competencias al poder establecer sus propios objetivos. En contraprestación, el centro incrementa su responsabilidad hacia el exterior, con seguimiento de los procesos, evaluación y rendición de cuentas de los resultados alcanzados ante la comunidad. Rendición de cuentas en el doble sentido: académico (autonomía para mejorar los resultados), y económico (inversión o gasto de los recursos que la Admón pone a su disposición). Autonomía conlleva asociada evaluación y transparencia.

Tres son las posibilidades de ejercer la autonomía en un centro educativo:

  1. Autonomía para tomar decisiones en el ámbito pedagógico. Se permite la concreción del currículo y su adaptación al contexto del centro. Itinerarios formativos, optativas de diseño propio, ampliación de horario, etc.

  2. Autonomía para organizarse según criterios propios. Potestad de los centros para establecer reglamentos de régimen interior, para establecer proyectos propios, para adoptar criterios metodológicos especiales, etc.

  3. Autonomía para gestionar sus recursos personales o materiales.

Hablar de autonomía de los centros, significa analizar las implicaciones que tiene sobre los elementos tangibles e intangibles que lo definen. Así, habrá que analizar al menos los siguientes apartados:

  1. Un proyecto propio que lo defina y la visión que el centro tiene de su futuro.

  2. Una dirección profesional con un liderazgo definido.

  3. Un profesorado implicado en la mejora y en el proyecto.

  4. Un sistema de evaluación de resultados y rendición de cuentas.

Si fijamos nuestra atención en la repercusión del profesorado, dejamos pendientes los otros tres apartados.

En el camino para mejorar la calidad de la educación se han de tener presente los procesos de enseñanza-aprendizaje. Respecto al alumno, la calidad del aprendizaje vendrá dada por el qué se aprende, el cómo se aprende y, cómo se integra lo aprendido con el contexto de quien lo aprende. Respecto al proceso de enseñanza, es el profesor el que desempeña el papel decisivo, pues depende de él toda la aplicación de los elementos de currículo, desde los contenidos hasta la metodología aplicada, sin olvidar su responsabilidad en la creación del clima de trabajo en el aula que facilite la correcta realización del proceso educativo.

Ejercer la profesión de docente tiene dos implicaciones conocidas, por un lado dominar la disciplina académica de la que es especialista; y por otro creer y practicar los principios propios de la actividad docente. Así, un buen docente se manifiesta incluso antes de entrar en el aula, existe coherencia entre lo que se dice y lo que se hace, entre lo que se transmite como persona y lo que se trasluce a los alumnos, que son los primeros en captar la entrega, la dedicación del profesorado.

El principal activo de un centro educativo es su capital humano, las personas que trabajan en él y en el día a día desgranan su creatividad, su motivación, su pasión por la enseñanza. El capital económico se puede obtener, pero el social no se puede copiar ni digitalizar, es único e irrepetible. Por ello, un punto fundamental en la calidad del profesorado lo hemos de concretar en su cualificación y formación.

El Ministerio de Educación y Ciencia, señalaba como variables referidas al profesorado que afectan a la previsibilidad de calidad educativa, las siguientes:

– formación inicial;

– estabilidad o permanencia en el puesto docente;

– formación continua en ejercicio;

– actitud (hacia el compromiso y la autoformación);

– experiencia profesional;

– liderazgo educativo;

– autosatisfacción profesional.

La LOE-LOMCE ya se implica con los profesores desde su artículo 1.m) con la consideración de la función docente como factor esencial de la calidad de la educación, el reconocimiento social del profesorado y el apoyo a su tarea. También reconoce la importancia para los poderes públicos de su cualificación y formación, su trabajo en equipo, y en general todos los factores que favorecen la calidad de la enseñanza.

Las competencias específicas que la ley confiere al profesorado a través del claustro se pueden llevar a cabo aunque no se tenga permanencia en el centro más allá de un curso académico; sin embargo, la implicación del profesorado tanto en las actividades que se han de planificar:

  1. elaboración de proyectos de centro,

  2. aprobar la concreción del currículo,

  3. fijar criterios estables referentes a la tutoría,

  4. recuperación de los alumnos,

  5. promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica,

  6. diseñar e implantar métodos pedagógicos y didácticos propios, etc, etc ;

como en las que corresponde hacer a posteriori:

  1. evaluación de la concreción del currículo,

  2. los aspectos educativos del currículo,

  3. la recuperación de los alumnos,

  4. la valoración del funcionamiento general del centro o

  5. la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones en las que participe el centro,

no puede ser la misma si el profesor es de la plantilla del centro, si se tiene el sentimiento y la actitud de pertenencia al mismo o por el contrario si se piensa que su estancia es pasajera. Una buena estrategia sería la de considerar que como mínimo los profesores deberían permanecer y comprometerse con la actividad del centro por el período que dura la candidatura de dirección que presenta el proyecto y que se aprueba con su participación.

Aunque la autonomía en la gestión de recursos humanos es necesaria, sin embargo en los centros públicos es un objetivo a conseguir. En los centros públicos los profesores son funcionarios, con destino definitivo, en comisión de servicios o interinos, con lo cual, no están sujetos a la elección por el director, sino que están en un centro, bien por el concurso de traslados, bien por decisión propia, en cualquier caso generalmente con independencia del equipo directivo o de su proyecto educativo. Solo con la permanencia y adhesión de una gran parte del profesorado al centro y al proyecto planteado por el Director, se podrá dar verdadero sentido a la autonomía del centro y se tendrán puestas las bases para la mejora de la calidad de la enseñanza.

Consciente de las dificultades expuestas, el legislador en el art. 122 bis de la LOE-LOMCE, que describe las acciones destinadas a fomentar la calidad de los centros docentes, establece que el director del centro dispondrá de autonomía para adaptar los recursos humanos a las necesidades derivadas de su proyecto educativo. El director dispondrá de facultades como las del establecimiento de los requisitos y méritos específicos para los puestos de trabajo ofertados en su centro, tanto de personal funcionario como interino; o la posibilidad de proponer, de forma motivada, la prórroga en la comisión de servicios del funcionario de carrera o la renovación de puesto de destino si es interino, para asegurar la calidad y la consecución de los objetivos.

Como tantos otros aspectos referidos a la educación, todo permanece paralizado hasta la aprobación de un Pacto de Estado Social y Político por la Educación. Pero nos permite pensar que en un futuro, se desarrolle en plenitud la previsión del artículo.

Hay mucho margen de mejora:

  1. actuaciones tendentes a la excelencia educativa,

  2. la mejora del rendimiento escolar,

  3. la atención del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo,

  4. la utilización de las TIC,

  5. el acceso educativo a las plataformas digitales como recursos didácticos,

exigen dedicación personal e implicación en las actividades, pero sobre todo un enfoque distinto en la utilización de las horas disponibles en los centros aparte de su actividad lectiva. Es tiempo de cambiar la frase redonda “los maestros y profesores del siglo XX enseñan contenidos del siglo XIX a alumnos del siglo XXI”. O la utilizada por los sociólogos con el apunte de Spencer Kaganlos profesores enseñan en la forma en que ellos aprendieron, y enseñan para otra época, los colegios preparan a los alumnos para el pasado”. Hoy en día, en los centros se dispone de suficiente conocimiento, horas y dedicación para conseguir el cambio. Es preciso empezar y atender el consejo del experto e Inspector A. Sarasúa, “las decisiones metodológicas se tienen que adoptar a nivel de centro y de equipo docente, no son una opción individual de cada profesor”. De lo que se trata no es que los alumnos aprendan más, sino que tienen que aprender de forma diferente, y la responsabilidad de este cambio está en manos de los profesores.

Fernando Tébar Cuesta, Inspector de Educación y miembro de la Asociación Educación Abierta.

Etiquetas

1 Comentario

  1. esther 15 abril, 2020

    Muy bien explicado

    Responder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.