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La Inspección de Educación en apoyo de un Pacto Educativo

Resumen

El consenso alcanzado en la Constitución Española de 1978 y el continuo trasiego de leyes educativas desde entonces, han desembocado en la necesidad de un Pacto por la Educación.

Los españoles han sido capaces de alcanzar pactos en materia de educación, desde la famosa Ley Moyano, pasando por la CE con su no menos famoso (en educación) artículo 27, hasta las aportaciones realizadas por algunos ministros de educación, las no menos importantes que han emanado de la sociedad civil y, la última, realizada por el destacado filósofo JA. Marina y C. Pellicer, con la publicación de su Libro Blanco.

La Inspección de Educación como parte del sistema educativo, está en continuo contacto con los centros educativos (públicos, concertados y privados), así como con los equipos directivos y los profesores. Todo ello les sitúa en una posición especial que les permite recoger un sentir general y no ampliamente, sino totalmente demandado en favor de un Pacto Educativo que dé estabilidad al sistema y permita trabajar con visión de futuro. Por ello, no solo se muestra el apoyo a la iniciativa de Marina y Pellicer, sino que se realiza una pequeña aportación con los apartados que considera fundamentales en un futuro Pacto.


Introducción

La reina Dido es conocida no solo por los matemáticos (problemas de isoperímetro) y arquitectos (fundación de Cartago), sino especialmente por los historiadores a través de la Eneida (29 a.C.) de Virgilio, que en su libro cuarto, vaticina que entre los romanos y los cartagineses nunca habrá amistad ni pacto y que estarán en pugna eterna.

Dos mil y pico años después, y haciendo transferencia de romanos y cartagineses por los principales partidos políticos, parece como si hubiésemos avanzado poco, pues los dos mayoritarios después de las elecciones de 26 de junio, también se perjuran en que no habrá amistad ni pacto.

Un poco exagerado sí lo es, porque aunque defendiendo posturas políticas contrarias, es seguro que hay amistad entre sus componentes, o al menos no enemistad. Pero de lo que se trata ahora, es de conseguir que ambos partidos, a ser posible todos, se sienten a negociar y por fin alcancen un Pacto por la Educación.

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Pactos anteriores.

Ley Moyano.

No corresponde hacer aquí un estudio comparado del siglo XIX y la situación política actual, pero recordar que aquél fue un permanente litigio entre conservadores y liberales. Al que había que añadir las dos tendencias de éstos últimos: moderados y pragmáticos, frente a los radicales o progresistas. ¿Acaso la situación no es parecida?

En 1854 se inicia el bienio progresista y hasta 1868 se suceden los gobiernos moderados de O’Donnell y Narváez. Es esta situación de mayor consenso la que facilita que se aprueben la Ley de Bases (14) (17 de julio de 1857) y la Ley de Instrucción Pública (9 de septiembre de 1857), siendo Ministro de Fomento D. Claudio Moyano Samaniego.

La ley de Instrucción Pública de 1857 (conocida como Ley Moyano), tuvo una vigencia más que centenaria, ordenando el sistema educativo hasta 1970 en que se promulga la Ley General de Educación.

Una de las razones de tal longevidad se debe a que se elaboró a partir de una ley de bases, es decir, no se incluyen los artículos de la ley, sino que las bases concretan las materias que se regulan y los principios sobre los que se debe fundamentar el articulado de la ley.

Constitución de 1978.

El siguiente pacto educativo se realiza con la aprobación de la Constitución de 1978.

En educación, el artículo básico es el 27. Su discusión y posterior consenso para su aprobación, supuso un gran esfuerzo intelectual y de voluntad para los dos grupos ideológicos pues sus discrepancias eran evidentes en lo relativo a la educación. Ambos cedieron en sus planteamientos para llegar a la redacción de todos conocida. La situación jurídica era distinta a la empleada por la Ley de Bases, pues al considerar la educación un derecho fundamental, es preciso utilizar la técnica de leyes orgánicas, que como es sabido, requieren mayoría absoluta en el Congreso.

Cesiones de los bloques  políticos y equilibrio entre los principios de Libertad e Igualdad
Partido Socialista Partidos de centro
Acepta la libertad de enseñanza (1º) Aceptan que los poderes públicos garantizan el derecho a la educación mediante una programación general ..(5º)
Reconoce la existencia de un sistema educativo dual (6º) Aceptan que la enseñanza básica es obligatoria y gratuita. (4º)
Acepta el derecho de los padres a que sus hijos reciban formación religiosa (3º) Aceptan la participación de la comunidad educativa en el control y gestión de los centros (7º)

Pero las cesiones solo suponían un acuerdo para sacar adelante el artículo, sin profundizar en otros temas importantes y que quedaban para un posterior desarrollo. Los distintos grupos políticos que fueron ganando las sucesivas elecciones a partir de 1978 trataron de legislar no solo en función del artículo 27 sino también en función de su propia visión e interpretación de la norma. Los grupos de la oposición respondieron con impugnaciones al Tribunal Constitucional al verse orillados en sus concepciones.

Es la constante vital de nuestras leyes educativas que han ido formando un reguero de leyes sustituidas una tras otra, LOGSE, LOPEG, LOCE, LOE, LOMCE, con el consiguiente hartazgo de profesores, padres y sociedad en general.

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Varios intentos de acuerdo.

Los famosos Pactos de la Moncloa (1977) en los que intervinieron un amplio abanico de representantes sociales y gubernamentales, fueron los primeros en el tiempo y en importancia, y si bien no se llegó a ningún acuerdo educativo, ya que el contenido era básicamente de reforma y saneamiento de la economía, sin embargo, los acuerdos alcanzados repercutieron en la educación de forma indirecta.

Posteriormente, la sociedad no ha permanecido inmóvil ante una necesidad y un reto como el que estamos tratando, así, se han alcanzado acuerdos en diversas CCAA (País Vasco, Cataluña, Canarias). En otros ámbitos, son destacables el esfuerzo realizado por el Consejo Escolar del Estado en la esfera de lo público, o en el privado el excelente trabajo que realizó la Fundación Encuentro (1997) actuando como mediador entre las diversas organizaciones intervinientes, muchas de ellas con posiciones ideológicas diferentes, el catedrático  Manuel de Puelles.

Ministros y exministros.

Pilar del Castillo. Planteando como eje básico e indisoluble una educación de calidad como garantía de igualdad de oportunidades, y proponiendo siete objetivos de primera importancia para la educación del país.

Ángel Gabilondo. En septiembre de 2009 propone desde el MEC el documento “Bases para un pacto social y político por la educación”, que tuvo una buena acogida en las instancias políticas y sociales, después de sucesivas reuniones y casi acuerdo, se llegó al documento “Pacto Social y Político por la Educación”, al que le faltó poco para ser aceptado por todas las fuerzas políticas, pero la proximidad de elecciones generales truncó un pacto que parecía inminente.

Alfredo Pérez Rubalcaba. Todavía en 2016 con un producto desde posiciones enfrentadas, culpando a unos y justificando a otros.

Serio intento del profesor J. A. Marina.

Varias consideraciones es preciso hacer para entender la situación actual de búsqueda del consenso, en primer lugar, que las posturas ideológicas son mínimas, pues los principales partidos se acercan sucesivamente al centro político, con lo que es más lo que les une que lo que les separa. En segundo lugar, la pertenencia a la Unión Europea, que progresivamente irá marcado objetivos y líneas comunes de actuación (Acuerdos de Lisboa).

José Antonio Marina, junto con Carmen Pellicer y Jesús Manso publican el LIBRO BLANCO DE LA PROFESIÓN DOCENTE, entendiendo por libro blanco “un documento que de un modo riguroso trata un problema y plantea soluciones para ayudar a la toma de decisiones”. Y a fé que lo cumple, pues conocen perfectamente el sistema educativo, y establecen y plantean soluciones viables para el equilibrio del binomio “calidad-equidad”.

El libro blanco se estructura en tres bloques siendo los dos primeros los más extensos e interesantes, con propuestas relativas a la escuela, al aula como centro de cambio, la potenciación de la evaluación en todos sus aspectos, o la consideración del equipo directivo como catalizador y como el factor interno que más relevancia tiene en los logros del aprendizaje, tras la acción docente del profesorado.

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Pequeño impulso desde la Inspección de Educación.

Después del recorrido histórico que acabamos de describir, y la participación de tan importantes figuras, el realizar una aportación desde la Inspección de Educación, se ha de hacer con prudencia y relatividad. Pero parece necesario impulsar el Pacto Educativo desde esta parte del sistema educativo cuyo contacto con los centros educativos (públicos, concertados y privados), así como con los equipos directivos y los profesores, les permite recoger un sentir general y no ampliamente, sino totalmente demandado.

Es tiempo de dejar la nostalgia de leyes pasadas a un lado, de culpabilizar a terceros, de utilizar frases vacías y discursos huecos; es tiempo de mirar hacia adelante, de construir, de tener coraje para centrarse en lo importante para la educación, en los valores básicos y las cuestiones fundamentales, con propuestas concretas, definidas y alcanzables.

Dicho Pacto Educativo es preciso diferenciarlo de un Acuerdo más o menos amplio en una Comunidad Autónoma o en el Estado, pues no se trata solo de mejorar y modernizar la educación en un territorio o en una legislatura. Es un concepto mucho más definido y ambicioso.

Varios capítulos se proponen para su consideración a la hora de plantear un Pacto Educativo:

-Objetivos de la Unión Europea.

La pertenencia a la Unión Europea ha de tener una influencia cada día mayor en las políticas educativas nacionales. Objetivos como los marcados en el Tratado de Lisboa, o estudios internacionales (PISA, TIMSS) tendrán repercusión en las medidas y programas que se apliquen en el Estado, con independencia de qué partido gobierne en cada momento.

De modo similar al compromiso de los estados miembros de la UE de adoptar políticas educativas comunes, las singularidades de nuestras CCAA no deben ser óbice para que tengamos principios y contenidos básicos comunes.  No olvidemos la debida lealtad constitucional en las relaciones entre el Estado y las CCAA.

-Calidad educativa.

Reafirmando la confluencia de la que se hablaba anteriormente, todas las leyes educativas coinciden en potenciar los factores que favorecen la calidad educativa: atención especial al profesorado, reconocimiento de la función tutorial, potenciación de la función directiva,…

Especial atención a la Formación Profesional. Compromiso serio por la mejora de la red de centros y por eliminar el desfase entre la oferta formativa y la demanda real del mercado.

-Autonomía de los centros.

Continuación de las medidas emprendidas para dotar de mayor autonomía pedagógica y organizativa a los centros. Con el contrapeso de evaluación y rendición de cuentas.

-Atención a la diversidad.

Reconocimiento de la situación real existente en los centros, con respuestas adecuadas para atender a la diversidad del alumnado, alumnos con necesidad de apoyo educativo, educación compensatoria, atención especial a la escuela rural, no dejar a ningún alumno fuera del sistema, buscar lo original, lo irrepetible residente en él.

-Igualdad de oportunidades.

Aparte de la gratuidad de la educación básica, es tarea del Estado  proporcionar a los alumnos todas las medidas posibles para que ninguno se quede sin la formación adecuada a sus capacidades. El establecimiento de acciones para combatir el fracaso y el abandono escolar, así como medidas positivas de ayuda, tanto personales mediante becas, como colectivas a los centros, se convierten en medios efectivos para garantizar los principios de igualdad de oportunidades y de equidad

Se trata en definitiva de buscar el “mcd”  para el sistema educativo, ser positivos, realistas, y pensar honestamente en el futuro de la educación y de nuestros jóvenes.

Referencias bibliográficas

Del Castillo, P. (2009). En serio, por una educación de calidad. ABC, 19 de septiembre de 2009.

Esteban Frades, S. (2010). Condicionantes y antecedentes del Pacto Educativo y social en España. Revista Avances en Supervisión Educativa, Revista nº 12.

Fundación Encuentro (1997): Declaración conjunta en favor de la educación. Madrid.

Jervis Anderson, A. (1973). Philip Randolph: A Biographical Portrait. University of California Press.

Marina, JA., Pellicer, C., Manso, J. (2015): Libro Blanco de la profesión docente y su entorno escolar. Disponible en: http://www.mecd.gob.es/mecd/dms/mecd/destacados/libro-blanco/libro-blanco-profesion-docente.pdf

MEC (2010). Pacto Social y Político por la Educación. Madrid, Ministerio de Educación y Ciencia.

Pérez Rubalcaba, A. (2016). Hablemos, por ejemplo, de educación. El País, 11 de mayo de 2016.

Puelles Benítez, M. de. (2002): “El pacto escolar constituyente: génesis, significación y situación actual”, en Historia de la Educación. Revista interuniversitaria, 21.

Autor: Fernando Tebar, Inspector de Educación y miembro de la Asociación Educación Abierta

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